Puede que sí, y merece la pena comprobarlo antes de pedir presupuestos. Desde el Real Decreto 450/2022, el Código Técnico de la Edificación obliga a que los edificios residenciales nuevos dejen sistemas de conducción de cables que permitan alimentar en el futuro un punto de recarga en el 100 % de las plazas. Si tu edificio se proyectó bajo esa exigencia, en el techo del garaje ya hay bandejas o tubos pensados para eso.
Que exista la preinstalación no significa que el trabajo esté hecho. Falta la línea desde tu contador o desde un contador propio, las protecciones, el cargador y su configuración. Lo que cambia es que el recorrido ya está definido y suele ser más limpio, sin abrir canalizaciones nuevas por zonas comunes.
Hay un detalle fiscal que conviene saber. La bonificación del 20 % del ICIO en Madrid no se concede cuando la instalación es obligatoria por normativa, como esa preinstalación. Sí podría aplicarse al cargador que tú decides poner en tu plaza, siempre que se pida con el presupuesto desglosado dentro de plazo.